¿Qué es el Cuerpo Electoral Universitario?
El Cuerpo Electoral Universitario es uno de los tres entes que conforman en gobierno de la USAC, junto con el Rector y el Consejo Superior Universitario (Ley Orgánica de la USAC, Artículo 12). Su única función es elegir al Rector: “El Cuerpo Electoral Universitario se reunirá con fines exclusivamente electorales, cada cuatro años, para elegir Rector; y extraordinariamente, cuando fuere convocado por el Consejo Superior Universitario al haber declarado éste la vacante definitiva del cargo.” (Reglamento de Elecciones de la USAC, Artículo 7).
¿Cómo realiza el Cuerpo Electoral Universitario la elección a Rector?
El Reglamento de Elecciones de la USAC establece que el Consejo Superior Universitario debe convocar a elecciones (Artículo 14). En la fecha asignada, debe haber un quórum de al menos dos terceras parte del cuerpo electoral (Artículo 15): De ahí, el Artículo 17 establece que: “La emisión del voto será secreto. En caso de que ninguno de los candidatos obtuviere mayoría de votos, se hará una votación adicional y si aun así no hubiere la mayoría requerida, resolverá la elección el Consejo Superior Universitario por mayoría absoluta de votos de sus miembros presentes, entre los dos candidatos que hubieren obtenido mayor número de votos. La sesión del Consejo Superior Universitario, para este efecto, deberá celebrarse el siguiente día hábil. Se entiende por mayoría absoluta aquella que importe más de la mitad de los votantes.”
¿Quiénes conforman el Cuerpo Electoral Universitario?
El Rector y el Secretario de la Universidad participan en el Cuerpo Electoral: “Quien preside el Cuerpo Electoral Universitario con derecho a voz y voto es el Rector o la persona que de conformidad con la ley haga sus veces. El Secretario de la Universidad actuará con el carácter de Secretario General del Cuerpo Electoral Universitario, sin derecho a voto.” (Reglamento de Elecciones de la USAC, Artículo 8).
El resto del Cuerpo Electoral se conforma de la siguiente manera: “El Cuerpo Electoral Universitario se integra: por el Rector o quien haga sus veces, cinco profesores y cinco estudiantes por cada Facultad y cinco profesionales no catedráticos por cada Colegio, graduados o incorporados a la Universidad de San Carlos de Guatemala. Los cinco profesores titulares serán electos por mayoría absoluta de votos presentes de los catedráticos titulares de cada Facultad. Los cinco profesionales no catedráticos, por mayoría absoluta de votos presentes de los profesionales de cada Colegio, y los cinco estudiantes por mayoría absoluta de votos presentes de los estudiantes de cada Facultad.” (Reglamento de Elecciones de la USAC, Artículo 5).
